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Monotributo 2022: último día para recategorizarse, ¿qué pasa si no lo hacés?

Puede haber multas e intereses si los contribuyentes no actualizan los pagos según las nuevas escalas.

20 Enero de 2022 12.39

Este jueves vence el plazo para realizar una de las dos recategorizaciones anuales del monotributo 2022.  En primer lugar, los contribuyentes deben analizar si por los ingresos de los últimos 12 meses tienen que permanecer en la misma categoría que tenían hasta ahora, deben descender o subir de escalón.?

Para saberlo no tienen que regirse por las escalas que había en diciembre, sino por las nuevas escalas que están vigentes a partir de enero y que aumentaron un 26% desde el último valor.
Si el contribuyente ve que se mantiene en la misma categoría que tiene, no es necesario realizar ningún trámite. Tampoco debe hacer nada si hace menos de 6 meses que se inscribió en el Monotributo.

Quiénes deben recategorizarse

Todo monotributista debe revisar si le corresponde cambiar de categoría o no de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses. Según las resoluciones de AFIP, podrán seguir en la misma categoría los contribuyentes que superen hasta un 25% del tope máximo declarado el año pasado como facturación.

Para hacer la recategorización hay que tener en cuenta la facturación y también el consumo de energía eléctrica, los ingresos brutos, los alquileres devengados y la superficie destinada a la actividad según el cuadro completo con las categorías.

Qué pasa si no me recategorizo

Si el contribuyente aumentó más de 25% su facturación debe subir de categoría. Si, por ejemplo, mantuvo en términos nominales el mismo ingreso que el año anterior, debería bajar de categoría.

Pero quien haya incrementado sus ingresos y no suba de categoría podrá ser objeto de multas y, además, deberá pagar con intereses la diferencia de las cuotas correspondientes a la categoría correcta.

"En el futuro la AFIP va a activar la recategorizacion de oficio, que está suspendida desde septiembre de 2019", indica el contador Sebastián M. Domínguez.

Por otro lado, quien no se recategorice ahora y quiera hacerlo dentro de unos meses, no podrá hacerlo vía web sino que deberá tramitar la actualización en una agencia de la AFIP, con un mayor escrutinio de parte del organismo. 

La recategorización, paso a paso

En caso de tener que realizar el trámite, es necesario contar con los siguientes datos personales:

  • CUIT 
     
  • Clave fiscal 
     
  • Domicilio Fiscal Electrónico declarado y confirmado.

1) Ingresar a la web monotributo.afip.gob.ar o bien descargar la aplicación móvil en afip.gob.ar/celular/apps/mi-monotributo.asp

2) Indicar CUIT, clave fiscal y presionar "aceptar".

3) Seleccionar la opción "Recategorizarme" (aquí se podrán observar, en carácter informativo, los datos que posee la AFIP sobre la situación tributaria).

4) Seleccionar la opción "Continuar recategorización".

5) Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.).

6) Indicar la opción "Imprimir credencial".

Finalmente, el sistema emitirá el Formulario 184 como comprobante de la recategorización realizada y la nueva Credencial de Pago.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización.