• Dólar
  • BNA $836 ~ $876
  • BLUE $990 ~ $990
  • TURISTA $1337.6 ~ $1337.6

21 C ° ST 21.06 °

Unión Radio 91.3 en vivo

La Pampa

Estaba preso por cometer un femicidio, lo asesinaron y ahora sus padres recibirán una compensación económica

Un juez hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por sus progenitores y condenó a la provincia a pagarles.

28 Junio de 2022 20.49

Los padres de un joven que fue asesinado en una alcaidía departamental en La Pampa, donde estaba preso tras haber cometido un femicidio, recibirán una compensación económica por la muerte de su hijo.

Un juez hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por los progenitores del femicida y condenó a la provincia de La Pampa a pagarles.

Facundo Nicolás Pérez, de 20 años, ingresó a la alcaidía perteneciente a la Unidad Regional I de Santa Rosa el 5 de septiembre de 2018. Había sido formalizado por homicidio doblemente agravado en perjuicio de su expareja, Flavia Fernández.

Cuatro días después, Pérez fue hallado muerto en una celda que compartía con José Hernán Rodolfo Murray y Manuel Lautaro Santillán. Ambos hombres fueron condenados a prisión perpetua por el crimen, y la sentencia fue confirmada por la Corte Suprema.

En la demanda por daños y perjuicios, las abogadas de los padres de Pérez, Carina Mercedes Salvay y Carolina Morada, hablaron del “deficiente control de los agentes de seguridad” del lugar. Asimismo, consideraron que sus conductas “resultaron determinantes para la perpetración de los actos homicidas que lo condujeron a su muerte” y cuestionaron las condiciones de salubridad y hacinamiento.

Las autoridades pampeanas, por su parte, sostuvieron que el personal se ajustó a “las normas y prácticas penitenciarias” y que no existió falta de servicio estatal “por la diligencia demostrada” por los agentes en todo momento.

 

Qué dice el fallo del juez que ordenó pagar la compensación económica a los padres del femicida

 

En los fundamentos del fallo, el juez civil de primera instancia, Pedro Ariel Campos, afirmó que la Policía, “como órgano auxiliar del Poder Judicial, debe garantizar (como obligación legal directa estatal)” la seguridad de “una persona que está detenida, durante la tramitación del proceso (obligación que persiste hasta que finalice la detención)”.

“Como consecuencia de lo expuesto, se puede inferir que la demandada tiene a su cargo el deber de garantizar la seguridad de las personas privadas de la libertad que se alojen en comisarías y/o alcaidías provinciales, como instrumento de resguardo de la vida y la integridad de ellas”, indicó.

“Desde esta perspectiva –agregó–, la atribución de responsabilidad al Estado Provincial no tiene por causa su accionar, sino la abstención de actuar en procura de preservar la vida e integridad física de los internos”.

Campos aceptó el pago de una indemnización por los rubros: valor vida-pérdida de la chance, daño extrapatrimonial y gastos de tratamientos psicológicos; pero no por gastos de sepelio y luto, y lucro cesante.